lunes, 9 de septiembre de 2019

ARRENDAMIENTOS SEGÚN NIIF/IFRS 16, CASO APLICADO EN CONTABILIDAD DEL ARRENDATARIO DE OFICINA.


Estándar
¿Qué es lo más importante, la esencia o la forma?
En este sentido, el extracto del párrafo 21 de la NIC/IAS 17 arrendamientos, responde un poco a esta pregunta:
Las transacciones y demás eventos se contabilizarán y presentarán de acuerdo con su fondo económico y realidad financiera, y no solamente en consideración a su forma legal.
Uno de los cambios relevantes en el tratamiento de los arrendamientos conforme los estándares de información financiera, es la unificación del modelo contable para arrendamientos financieros y operativos que nos trae la nueva NIIF/IFRS 16 Arrendamientos.
Para ello, recordemos que la NIC/IAS 17 de arrendamientos tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre 2018, ésta Norma, separaba dicho reconocimiento y medición de tales transacciones, pero hagamos énfasis en la contabilidad del arrendatario cuando tuviese en operación un arrendamiento operativo, porque los efectos de estas transacciones no tienen efecto en la situación financiera, solo en el rendimiento, puesto que su registro contable es básicamente Débito a los resultados versus un Crédito al efectivo; este enfoque se basa en la transferencia (riesgos y ventajas) de un activo.
Pues bien, el nuevo enfoque de la NIIF/IFRS 16 se centraliza en el Derecho a uso de un activo, además, introduce un único modelo de contabilidad del arrendatario y requiere reconocer activos y pasivos para todos los contratos con duración superior a los 12 meses, a menos que el activo subyacente sea de bajo valor. Anteriormente, según la NIC/IAS 17 arrendamientos, este requerimiento es un arrendamiento operacional, y la obligación de arrendamiento no se muestra en el estado de situación financiera.
Trataremos de ilustrar con el siguiente caso:
La Gerencia de una entidad decide firmar un contrato de arrendamiento operativo de una oficina bajo las siguientes condiciones:
Plazo del contrato: 3 años,
Tasa de interés anual del 7%,
Cuotas anuales de 10,000. unidades monetarias.
Sugerimos el siguiente procedimiento en la contabilidad del arrendatario, que es el centro de este tema:
Paso 1: Determinar el valor presente de los pagos mínimos.
Paso 2: Elaboración de tabla de amortización del arrendamiento.
Paso 3: Reconocimiento contable del Periodo 1.
Resolución:
 Tabla de valores presentes de los pagos mínimos por el arrendamiento:
Tabla de amortización del arrendamiento:
Reconocimiento contable en la contabilidad del arrendatario.
Reconocimiento al inicio del periodo 1
Para reconocer el activo (oficina) por el derecho a uso.
Reconocimiento al final del periodo 1
Para reconocer depreciación lineal del activo por derecho de uso – arrendamiento operativo de oficina. (* 26,243 / 3 años = 8,748.)
Para reconocer los gastos por intereses devengados en el pasivo de arrendamiento operativo de oficina.
Reconocimiento del impuesto diferido, considerando una tasa anual de Impuesto sobre la Renta del 30%.
Nota: En algunos países en común que la legislación tributaria reconozca sólo el gasto de la cuota del arrendamiento del tema en cuestión, ya sabemos que para efectos de NIIF 16, tendremos gastos de depreciación y gastos de intereses.
Registro de desembolsos de efectivos del primer periodo del arrendamiento operativo.
Y por último recordemos que: La NIIF 16 se aplica a periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2019. Se permite la aplicación anticipada para entidades que apliquen la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes antes de la fecha de aplicación inicial de la NIIF 16.
Elaborado por:
Jimmy Zelaya Sánchez
Contador público autorizado y Certificado Internacional en:
NIIF Plenas y NIIF para PYMES con ACCA y AIC.
Representante en Nicaragua
Business & Legal Advisories – BLAGlobal

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