Artículo 1.- Objeto. La Ley tiene por objeto desarrollar un marco de protección para las personas naturales y jurídicas calificadas como micro y pequeñas empresas y a las organizaciones que integran la agricultura familiar campesina y la economía popular y solidaria, respecto de los plazos de pago en sus operaciones comerciales, que generen posibles condiciones contractuales gravosas, incorporando la obligación legal de pago en plazos justos.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación. *La presente Ley regulará la relación contractual mercantil o de contratación pública, en lo atinente al pago entre personas naturales, jurídicas, públicas o privadas*.
Su aplicación rige para las grandes empresas y las entidades del sector público, en sus relaciones contractuales directas con micro y pequeñas empresas, calificadas por el Servicio de Rentas Internas, según la definición establecida por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y su reglamento, y las organizaciones que integran la economía popular y solidaria, bajo la vigilancia y control de la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria, y de la agricultura familiar campesina, bajo control y registro del ente rector de agricultura y ganadería.
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