miércoles, 17 de agosto de 2016

ROL DEL CONTADOR / AUDITOR, EN LA APLICACIÓN DE LA JUSTICIA

Contenido:
Reconstrucción de información de la Auditoria Forense
Enfoques de la Contaduría Forense
Investigaciones de Fraudes y de Entidades de Control
Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral
Evidencia de Auditoria y Evidencia Legal
Por: (*) LUZ MARINA CARDENAS GIL ANA MARCELA BECERRA RODRIGUEZ
Los objetivos que se plantearon en el proyecto de investigación son los siguientes:
OBJETIVO GENERAL
Establecer la participación y el valor agregado del Contador Público en la aplicación de Justicia.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
– Determinar los aspectos teóricos – legales que enmarcan la contaduría forense.
– Describir la importancia que tiene la contaduría forense en cuanto a la aplicación de justicia.
– Señalar el desempeño que el contador publico tiene en el campo de la contaduría forense.
– Determinar las cualidades y calidades profesionales que debe reunir el contador publico para contribuir en la aplicación de justicia.
Por lo anterior presentamos a usted parte del trabajo realizado para dar cumplimiento a los objetivos planteados, y para poder culminar,necesitamos de las observaciones y aportes que nos pueda brindar.
RECONSTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN DE LA CONTADURÍA FORENSE
Para el desarrollo de este capitulo se retomaran aspectos tratados por varios autores como Miguel Antonio Cano, Dr. Danilo Lugo C., Ph.D. Rene Mauricio Castro, Braulio Rodríguez Castro, Samuel Alberto Mantilla , Horacio Ayala Vela, Nelson Camargo, entre otros.
Historia
El término forense inicialmente se asocia con la medicina legal y con quienes la practican, inclusive la mayoría de las personas identifican este vocablo con necropsia (necro que significa muerto o muerte) patología (ciencia médica que estudia las causas, síntomas y evolución de las enfermedades) y autopsia (examen y disección de un cadáver, para determinar las causas de su muerte).
Observando su taxonomía, el término forense corresponde al latín forensis, que significa público y su origen del latín forum que significa foro, plaza pública donde se trataban las asambleas públicas y los juicios; por extensión, sitio en que los tribunales oyen y determinan las causas; por lo tanto, lo forense se vincula con lo relativo al derecho y la aplicación de la ley, en la medida en que se busca que un profesional idóneo asista al juez en asuntos legales que le competan y para ello aportepruebas de carácter público para presentar en el foro, en la actualidad, la corte.
La Contabilidad existe desde hace mucho tiempo, hoy su protagonismo es indudable y la comunidad entera reconoce la importancia del papel que juega en la sociedad y del largo camino que aún hay por recorrer, uno de estos caminos es la Contaduría Forense (ó Auditoria Forense; llamada así por algunos autores) de la cual su origen no es claro aún, pero se habla de que está puede ser tan antigua que nace cuando se vincula lo legal con los registros y pruebas contables. El Código de Hammurabi de Babilonia primer documento legal conocido por el hombre en algunos de sus fragmentos da a entender el concepto básico de contaduría forense: demostrar con documentación contable un fraude o una mentira.
Está no tuvo trascendencia hasta el hecho histórico de los años 30 de apresar a Al Capone, personaje dedicado a prácticas criminales y al lavado de dinero, cundo un contador del departamento de impuesto se dedicó a buscar pruebas, encontrando una gran cantidad de evidencia, como ejemplo el libro de pagos, con el cual se pudo comprobar que el volumen de ventas superaba la capacidad teórica del negocio de los lavadores, de hecho, el volumen de ventas real y el volumen de ventas declarado iban lejanos. Con lo cual la fiscalía pudo demostrar fraude en el pago de impuestos en Al Capone y en sus lavadores y desmantelar la organización
Pero en esta época tampoco se dio el impulso suficiente a esta rama de las ciencias contables el cual fue diferido hasta los años 70 y 80; cuando con el caso Watergate en 1972 se dio inicio al análisis del fraude en los Estados Financieros, tan pronto como esté escándalo salió a la luz, fueron reveladas una serie de actividades ilegales paralelas que dieron como resultado la dimisión del presidente Richard Nixon y la formulación de una acusación contra el presidente o algún alto funcionario del gobierno de Estados Unidos. La Comisión Treadway de los Estados Unidos (Comisión Nacional sobre Reportes Financieros Fraudulentos) dio un impulso y direccionamiento importante frente al fraude administrativo y revelaciones financieras engañosas y algunas de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA’s) emitidas por la Federación Internacional de Contadores IFAC, se refieren al Fraude y error, a la evidencia de auditoria, las consideraciones adicionales sobre partidas especificas, con respecto a las revelaciones de los Estados Financieros, a la observación de inventarios físicos, confirmación de cuentas por cobrar, indagación sobre litigios y reclamos.
La Declaración Estándar de Auditoria No. 53 (SAS 53/1988) Responsabilidad del auditor por detectar y reportar errores e irregularidades, es el primer estándar profesional de auditoría que identifica factores específicos de riesgo que deben ser considerados por el auditor cuando valora el potencial del fraude administrativo, y también es, la primera respuesta de la profesión contable americana frente a las exigencias de la Comision Treadway, el cual fue reemplazado por el SAS No. 82 de 1.997 -Consideración del Fraude en una Auditoria de Estados Financieros-, que considera veinticinco factores de riesgo divididos en tres categorías: característica de la administración e influencia sobre el ambiente de control, condiciones de la industria y características de operación y estabilidad financiera
En los últimos años a raíz de las quiebras fraudulentas y escándalos contables en Estados Unidos, como ejemplos el caso Enron, Worldcom y Tyco, dieron como resultado que la Comisión de Valores de los Estados Unidos SEC investigará a cientos de empresas, y que dentro de está se creara un organismo para supervisar los aspectos contables y de conflictos de interés; la promulgación de la LEY USA PATRIOT en octubre 26 de 2001 para unir y fortalecer a Norteamérica mediante mediante la provisión de herramientas apropiadas para interceptar y destruir el terrorismo, esta ley aumento el tipo de delitos que se consideran actos terroristas incluyendo los delitos tipificados en los códigos penales y endurecen las penas por su comisión e incluye un incremento de la capacidad para investigar los movimientos de dinero de organizaciones terroristas enfocándose en la importancia que tiene tanto el origen de los recursos como su destino; la aprobación de la LEY SARBANES OXLEY en julio 30 de 2002, la cual establece parámetros de auditoria como control de calidad e independencia, servicios fuera del alcance de las prácticas del auditor (actividades prohibidas), normas de contabilidad, responsabilidad corporativa, informes, lineamientos para tratar el fraude corporativo y criminal, castiga con rigor los crímenes de cuello blanco, la desconfianza del mercado bursátil a nivel mundial; hechos han dado como efecto la especialización en cuestiones legales e investigativas de la profesión contable en cuanto a Auditoria y el incremento de la Contaduría Forense en Estados Unidos.
El reciente caso de fraude de Parmalat, ha llevado a la Comisión Europea a establecer una directiva sobre auditorias la cual incluirá un endurecimiento de la supervisión a nivel nacional de los auditores e impulsará una estrecha colaboración entre las autoridades nacionales, así como con terceros países. “Esencial para prevenir operaciones fraudulentas en varios países como ha sido el caso Parmalat”, irregularidades empresariales que pueden afectar a la economía europea y así mismo a la recuperación de la eurozona.
La contaduría forense entonces surge con los intentos de detectar y corregir los fraudes en los estados financieros, su función inicial es estrictamente económico-financiera, y los casos inmediatos se encuentran en las peritaciones judiciales y las contrataciones de contables expertos por parte de Bancos Oficiales; actualmente ha ampliado su campo de acción en la medida que ha desarrollado técnicas específicas para combatir el delito y trabajar estrechamente con la aplicación de justicia, en la cual el funcionario de la Rama Jurisdiccional fundamenta sus decisiones en pruebas aportadas por peritos pero estos
deben pasar a ser contadores forenses en el cual el producto de la contaduría forense es la prueba pericialcontable especializada.
Durante los últimos diez años la contaduría forense se ha desarrollado significativamente, siendo su base el sector público en el cual se han desarrollado las mejores prácticas de este campo y un ejemplo de estas son las Auditorias Gubernamentales que articulan procesos de investigación con el de auditoria.
La contaduría forense es una de las áreas menos mencionada . Sin embargo en el ambiente empresarial actual se está convirtiendo rápidamente en uno de los campos más fascinantes y perentorios
>Definiciones
La contaduría forense es una ciencia que permite reunir y presentar información contable, financiera, legal, administrativa e impositiva, que provee de un análisis contable que será aceptado por la corte, ya que formará parte de las bases de la discusión, el debate y finalmente el dictamen de la sentencia contra los perpetradores de un crimen económico.
La contaduría forense es una disciplina especializada que requiere un conocimiento experto en teorías contables, auditoria, técnicas de investigación criminal. Es una rama importante de contabilidad investigativa, utilizada en la reconstrucción de hechos financieros, investigaciones de fraudes, cálculos de daños económicos y rendimientos de proyecciones financieras.
La relación entre los términos contables y de auditoria con lo forense se hace estrecha cuando se habla de pruebas y evidencias de tipo penal, por lo tanto, se define inicialmente a la auditoria forense como una auditoria especializada en descubrir, divulgar y atestarsobre fraudes y delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas. También estudia los efectos de hechos que pueden ser delictivos o no, para aportar al juzgador las pruebas en donde se involucran registros de contabilidad, pruebas eminentemente técnico científicas, de suma importancia en la época actual de pleno desarrollo científico de la investigación judicial
Esta disciplina es de carácter penal debido a su génesis de orden procesal y penal, porque esta considerada en el marco de las disciplinas auxiliares penales y porque su aplicación
científica contribuye para conocer los hechos y llegar a la penalidades determinadas por los jueces. A la vez es auxiliar de la criminalistíca, no determinaresponsabilidades ni señala directamente penalidades, sino que realiza investigaciones para conocer los hechos y presentar pruebas respecto a su ejecución, desarrollo y consumación.
Objetivos o Campos de Acción
La contaduría forense se consideraba exclusiva como campo de acción en el sector público, pero en el sector privado, la sofisticación y velocidad que la globalización impone a los negocios y obliga a las compañías a prepararse con nuevos procedimientos y con la información adecuada para administrar los riesgos, utilizando para esto la contaduría forense que se ha convertido en muy poco tiempo en la gran esperanza para descubrir y para prevenir los más variados delitos
El rol principal de la contaduría forense hace relación a la aplicación del análisis de hechos financieros a problemas legales, asistiendo a las compañías en la identificación de las áreas claves de vulnerabilidad e implicarse en las investigaciones y en los procedimientos legales.
El contador forense va más allá de la evidencia de auditoría, de la seguridad razonable, evalúa e investiga al ciento por ciento, centrándose en el hecho ilícito y en la mala fe de las personas, involucra por lo menos: análisis, cuantificación de perdidas, investigaciones, recolección de evidencia, mediación, arbitramento y testimonio como un testigo experto. A diferencia de la auditoria tradicional que se sustenta en la buena fe, en el negocio en marcha y en la evidencia para obtener “seguridad razonable”. Por esto los campos de acción del auditor forense son especializados y con objetivos muy precisos.
La contaduría forense esta orientada a las cortes (tribunales de justicia) y para servir como fuente de evidencia para éstas, por lo cual lo forense es entendido como la colectividad social en general; es de tipo reactivo y esta estrechamente vinculado con las acciones penales, por lo cual el contador forense debe basarse en los procesos judiciales determinados en la ley.
Para descubrir las irregularidades, el contador forense hace las deducciones y relaciona las pistas descubiertas a los posibles motivos de las personas comprometidas en el fraude, esta interesado en lo oculto o en revelar los aspectos de la evidencia examinada, busca descubrir peculiaridades y modelos de actuación, no siempre sabe lo que está buscando o por qué sendero particular debe seguir, pero debe confiar en su intuición o sospecha.
Se trata el tema de Auditoria del Fraude ya que la auditoria forense inicialmente se define como una auditoria especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes.
Fraude
Para empezar a hablar sobre este tema hay que aclarar que forma parte de las clases de crímenes, los cuales son
1. Deslealtad o traición
2. Felonía (despojar al propietario de lo que por derecho le pertenece, sin su consentimiento o conocimiento)
3. Mala conducta
El Fraude es un fenómeno económico, social y organizacional, aplicado a la contabilidad el fraude consiste en cualquier acto u omisión de un acto de naturaleza dolosa y por tanto de mala fe, o de negligencia grave. Entonces el fraude puede clasificarse como felonía o mala conducta criminal.
El fraude contable es llamado por algunos autores fraude administrativo y se clasifica en dos grupos
1. Revelaciones Financieras Engañosas; en este sentido el Fraude Administrativo es definido como la presentación equivocada e intencional de cantidades o revelaciones en los estados financieros, con el propósito de engañar a los usuarios de los mismos.
2. Malversación de Activos; conjunto de practicas no éticas realizadas al interior de las organizaciones por parte de los directivos o empleados, ya sea por presiones financieras externas, inequidades en el lugar de trabajo ó laxitud moral general.
El fraude también se considera como las acciones impropias resultantes de una declaración incorrecta o falsa de los estados financieros y que hace daño a los accionistas o a los acreedores, las acciones impropias resultantes en la defraudación del público consumidor, las malversaciones y desfalcos cometidos por los empleados contra los empleadores y otras acciones impropias.
Las razones para cometer el fraude según el “triangulo del fraude” (denominado así por los sicólogos) son:
– Oportunidad, surge cuando los controles son débiles y/o cuando los individuos se encuentran en una posición de confianza.
– Presión de tipo financiero, para cumplir con los objetivos
– Racionalización, como todos los demás lo hacen, por que yo no lo hago
La Norma Internacional de Auditoria (NIA) 240 tiene como propósito establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la responsabilidad del auditor de considerar el fraude y error en una auditoria de estados financieros.
El auditor deberá documentar los factores de riesgo de fraude identificados como presentes durante el proceso de evaluación así como documentar la respuesta a cualquiera de dichos factores. Una auditoria esta sujeta al inevitable riesgo de que algunas manifestaciones erróneas que afectan significativamente los estados financieros no sean detectados, aun cuando la auditoria este planeada y desarrollada adecuadamente de acuerdo a las normas internacionales de auditoria.
Varios autores afirman que el mejor método para evitar el fraude es detenerlo antes de que ocurra, para lo cual es necesario crear controles no solo de alerta sino en todos los niveles de la organización, el propósito del control es preservar la existencia de cualquier organización, apoyar su desarrollo y contribuir con los resultados esperados. Sin embargo hay que tener presente que las actividades de prevención tienen que ser proporcionales al riesgo que conlleva.
En los últimos años se han ido introduciendo importantes cambios al concepto de Control Interno ampliándose primero a “controles clave”, luego a “paquetes de control” y recientemente a “sistemas de control” y ahora es toda una estructura y no un conjunto de reglas
La influencia de la sistematización en todos los ámbitos de la vida humana, se ha constituido en una técnica necesaria de control de extrema utilidad puesto que permite manejar una gran cantidad de variables y sus relaciones, así como tecnificar y aprovechar los flujos de información. El uso de tecnología de información tiene que estar integrado con las estrategias organizacionales para identificar, entender y evaluar los riesgos, supervisar y controlar el uso de esa tecnología dentro de la organización. El ambiente electrónico presenta un conjunto diverso de sistemas complejos, discrepancias en tiempo real y aplicaciones de alcance mundial por la Internet que es un fenómeno irreversible que a la larga afectara en mayor o menor medida a todas las personas como lo hizó la Revolución Industrial.
Pero a la vez la sistematización ofrece un rango de oportunidades para el uso de software de auditoria interactivos y de técnicas de auditoria asistidas por computador (TAAC) permitiendo ampliar la cobertura del examen, reducir tiempo y costo de las pruebas, entonces, el problema radica en como utilizar exitosamente estas técnicas, una base fundamental para su solución es la aplicación de NIA No. 15 que trata la auditoria en un ambiente de Procesamiento Electrónico de Datos (PED) y la NIA No. 16 Uso de las TAAC; así como tener presente las recomendaciones internacionales para optimizar el tiempo y el esfuerzo de revisión, disminuir el nivel de trabajo y garantizar razonablemente la minimización del riesgo y así monitorear controles, transacciones y analizar programas aplicativos en un sistema de información.
El riesgo es inherente a la naturaleza de los negocios, son los factores, eventos o exposiciones, internas y externas, que amenazan el logro de los objetivos. La administración debe determinar el nivel del riesgo que es tolerable y esforzarse para mantener el riesgo dentro de esos niveles a través de una genuina reestructuración del sistema de control interno y tener presente que en todas las actividades se deben incluir la mayoría de los riesgos probables como riesgos país, riesgos generales, riesgo de negocio, riesgo de operación, riesgo de información, riesgo tecnológicos entre otros, pero lo más importante es tipificar y medir el riesgo para que no se presenten problemas con el control interno, ya que los controles se establecen para reducir o eliminar las causas del riesgo.
El riesgo se agrega en una cadena de valor en términos negativos, directamente relacionada con los índices de corrupción y además de los errores, de las fallas. El Fraude parece ganar terreno en una cibernética, facilita y permite universos insospechados y desconocidos, pero también nuevos riesgos que se pueden calificar como tecnológicos y con mayores daños.
El riesgo está expresado como la variabilidad que experimentan los beneficios generados por la empresa como consecuencia de la incertidumbre asociada a la actividad desarrollada por la misma.
El SAS 99 -Consideración del Fraude en un Resumen de la Intervención del Estado Financiero-, reemplaza al estándar anterior del fraude SAS 82, el cual es eficaz para los estados financieros que se presenten a partir de diciembre 15 de 2002 y trata en su contenido la descripción y características del fraude, la importancia de ejercitar escepticismo profesional, obtención de la información necesaria para identificar los riesgos de la declaración errónea debido al fraude, evidencia y documentación de la intervención, comunicación sobre el fraude a la gerencia y uno de los cambios más grandes está en el área de desarrollar respuestas apropiados a los riesgos identificados.
Pero la auditoria del fraude no es el único enfoque, porque la contaduría forense ofrece una amplia gama de oportunidades dentro de la cual se pueden identificar tres áreas que requieren profesionales especializados como son la Contaduría investigativa, los peritajes y los procesos tributarios.
Enfoques de la Contaduría Forense
1. Contaduría Investigativa
La investigación es un proceso creativo compuesto por distintas etapas dinámicamente interrelacionadas, las cuales van desde la detección de una situación problemática, hasta la modificación socialmente útil de dicha situación en la práctica El punto de partida es la información que puede proceder de cualquier lugar, los medios y los métodos para identificarla y obtenerla son tan diversos como los aspectos que se investigan.
Dadas las características de los delitos económicos, la participación del contador es definitiva en la etapa previa, para realizar las investigaciones y los cálculos que permitan determinar la existencia del delito y en lo posible su cuantía para definir si se justifica el inicio de un proceso, de igual manera, está, vinculada con los procesos penales. “El caso más común es quizá el que tiene que ver con los fraudes basados en los registros y soportes contables. Aquí la intervención del Contador Forense puede variar, desde la cuantificación del fraude y el acopio de las pruebas, hasta la participación como testigo, pasando por actividades tan diversas como el desarrollo de aplicaciones sistematizadas para presentar la evidencia ante las cortes.”
Dentro de está área el profesional forense es llamado a participar en actividades relacionada con:
] Investigaciones de crimen corporativo
Estas investigaciones se relacionan con fraude contable y corporativo ante la presentación de información financiera inexacta por manipulación intencional.
– Fraudes empresariales
– Falsificación
– Lavado de Activos
– Perdidas económicas en los negocios
Disputas comerciales
En este campo, el contador forense se puede desempeñar como investigador, para recaudar evidencia destinada a probar o aclarar algunos hechos tales como:
– Reclamos por rompimiento o incumplimiento de contratos
– Disputas por compra y venta de compañías
– Reclamos por determinación de utilidades
– Reclamos por rompimiento de garantías
– Disputas por propiedad intelectual
– Disputas por costos de proyectos
– Discrepancias entre socios y accionistas
– Medición y Arbitraje
Reclamaciones de seguros Cuando la responsabilidad corresponde a la administración de las compañías.
– Reclamos por devolución de productos defectuosos
– Reclamos por destrucción de propiedades
– Reclamos por organizaciones y procesos complejos
– Verificación de supuestos reclamos
Negligencia Profesional relacionada con: – Auditoria
– Contabilidad
– Ética
– Cuantificación de pérdidas causadas por negligencia
– Cubre todas las profesiones incluyendo: Contaduría, Medicina, Derecho Ingeniería
– Evidencia de expertos en Normas de Auditoria y de Contabilidad
– Asesoría a demandantes y acusados
Valoración de: – Marcas
– Propiedad intelectual
– Valoraciones de acciones y negocios en general, incluyendo las compañías de Internet.
Investigaciones de Fraudes y de entidades de control.Dentro de estos podemos destacar los siguientes: – Investigaciones de las entidades de control para verificar conductas no éticas e imponer las sanciones pertinentes.
– Acusaciones civiles y criminales para demostrar la ocurrencia de hechos criminales.
– Investigaciones de Lavado de dinero o Legitimación de Capitales.
– Seguimiento y recuperación de activos desaparecidos por actividades criminales.
– Investigaciones de casos de corrupción y posterior comprobación de los hechos.
– Entrevista de testigos para determinar la veracidad de las pruebas o de los testimonios.
– Verificación del uso de la tecnología de la información.
– Comprobación de la evidencia de los expertos.
2. Peritajes
La actuación como perito dado su especial conocimiento y experiencia en términos contables, cubre no sólo los procesos ante la justicia ordinaria, en todas las ramas, sino los que se adelantan ante la justicia alternativa y los de naturaleza especial, como los procesos ante las autoridades tributarias.
El peritaje contable es un examen crítico y sistemático de hechos controvertidos de índole económico-financiero, a indagarse a través de la contabilidad y de la auditoria, circunscrito a las normas establecidas en el Código de Procedimiento Penal y Civil. Para que la participación del perito contador sea pertinente y se constituya en una ayuda, no basta con la preparación académica, también se requiere que haya alcanzado un desarrollo profesional y experiencia en las materias sobre las que deberá opinar,
PERITO CONTABLE:
Es la persona que posee conocimientos técnicos, científicos, prácticos y a la cual se acude en busca de dictamen, para que como asesor, facilite al juzgador los conocimientos que sean necesarios o convenientes para una mejor apreciación de los hechos controvertidos.
Los elementos de juicio y evidencias contables, constituyen la base fundamental de un peritaje contable, pues a través de su examen crítico y sistemático, el perito contador llegará a conclusiones que serán de ayuda, a quien lo solicite, en la compatibilización y evaluación de evidencias en torno a lo que investiga. Luego, en la medida que disponga de todos los elementos de juicio relacionados con el peritaje, su opinión tendrá la validez que el caso requiera.
Entonces la contabilidad forense produce la prueba pericial contable especializada, la cual se considera como un medio de aportar cierto tipo de datos y pruebas de carácter público. El problema de la prueba (en general), así como el de la evidencia (de auditoria) adquieren una dimensión completamente nueva dado que son útiles en la medida que puedan ser aceptadas en los estrados judiciales.
Los Contadores Públicos, como auxiliares de la justicia, desarrollan peritazgos sobre hechos o eventos financieros de incidencia económica que afectan los fondos públicos o privados, determinan las actuaciones dolosas u omisiones de los funcionarios públicos o ejecutivos en el ejercicio de sus responsabilidades, que determinan una responsabilidad del actor culposo, aunque en esencia no esté dando fe pública, su responsabilidad sigue siendo muy grande porque sus criterios y estimaciones deben estar respaldados por la contabilidad y los hechos objetivos.
El Contador Público es auxiliar de la justicia en los casos en que señala la ley, como perito expresamente designado para ello. También en esta condición el Contador Público cumplirá con su deber teniendo las más altas miras de su profesión, la importancia de la tarea que la sociedad le encomienda como experto y la búsqueda de la verdad en forma totalmente objetiva.
En este caso hay que tener en cuenta una de las disciplinas que tiene competitividad técnico científica en la investigación de los delitos, el estudio científico de los indicios o evidencias materiales como lo es la Criminalistica, que proporciona información de vital importancia para encausar de manera técnica cualquier investigación de algún hecho presuntamente delictuoso, a efectos de probar o desaprobar cualquier aspecto cuestionado sobre el autor, la victima, el escenario del suceso, los agentes vulnerables utilizados, el propio desenvolvimiento de los hechos y respecto a otros involucrados.
Procesos Judiciales
La participación del Contador Forense en los procesos no se limita a la calidad de Perito. También puede ser llamado por una de las partes (para que la asesore en la preparación y presentación de las pruebas o en los cálculos destinados a cuantificar los hechos demandados) o incluso a los jueces, en temas especializados, hasta la participación directa en la recaudación de evidencia destinada a probar delitos. En este caso el contador es requerido con base en su experiencia, sus conocimientos en las materias especializadas que son objeto de discusión en los procesos, y su imagen y trayectoria dentro de la comunidad.
Consultoría
Recaudación de pruebas
La prueba pericial emerge con su perfil científico para satisfacer y mostrar técnicamente la verdad histórica de la causa penal que se sigue, cuando resulta necesaria la intervención de los expertos en diversas ciencias, disciplinas, artes u oficios. La prueba pericial es de fundamental importancia, ya que es útil a los órganos investigador y jurisdiccional; mostrándole elementos útiles para tomar nuevas decisiones de acción al inicio y durante el desarrollo de las investigaciones.
Testigo experto
El contador puede ser requerido para testificar sobre hechos que son de su conocimiento o en los cuales ha tenido participación, así como para colaborar en la interpretación de evidencia escrita o para tratar de obtener esa evidencia de otros testigos.
3. Procesos Tributarios
Uno de los principales objetivos de la actividad financiera es obtener los recursos para aplicarlos en la satisfacción de las demandas de los servicios públicos hechas por la sociedad. La Administración Tributaria no puede trabajar sola demostrando eficiencia si no cuenta con la participación de los profesionales quienes manejan día a día las fuentes generadoras de ingresos como son los contadores.
Los contadores públicos participan activamente en los procesos tributarios, desde el mismo momento en que se genera la información destinada a las entidades impositivas en los registros contables. Pero su participación como Contador Forense se da cuando existen diferencias entre el fisco y los contribuyentes sobre el valor de las sumas a pagar por impuestos o sanciones.
Pero estas no serán las únicas áreas, ya que cada día se descubren nuevos campos de trabajo donde el contador forense podrá desempeñarse.
Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral
s un proceso sistemático, constructivo y profesional, que mide y evalúa, acorde con las normas de auditoria gubernamental la gestión o actividades de una organización, mediante la aplicación articulada y simultanea de sistemas de control, con el fin de determinar con conocimiento y certeza, el nivel de eficiencia en la administración de los recursos públicos, la eficacia con que logra los resultados y su correspondencia entre las estrategias, operaciones y propósitos de los sujetos de control, de manera que le permitan fundamentar sus conceptos y opiniones, observando la entidad como un todo y en relación con su propósito en el entorno e identidad en los sistemas a la que pertenece; tiene en cuenta dos aspectos fundamentales sobre lo que debe ser la función administrativa del gestor público; el primero hace relación a la mejor utilización de recursos públicos por quienes tienen a cargo actividades propias de su gestión y el segundo se fundamenta en que los funcionarios responsables del gasto deben asegurar que sus decisiones involucren recursos en forma económica, generen servicios eficientes y logren con eficacia y efectividad sus objetivos.
Trata el Control Fiscal desde un punto tridimensional, primero de prevenir o advertir, a través del desarrollo de las auditorias a las entidades vigiladas sobre las fallas detectadas, segundo obligar a corregir durante el desarrollo de la auditoria o a través de los planes de mejoramiento que resulten, y finalmente, cuando no hay nada que hacer, acudir a un control resarcitorio o indemnizatorio a través del proceso de responsabilidad fiscal.
La Auditoria Integral se basa en un proceso de comunicación entre el auditor, la entidad y los que interactúan con la entidad en el entorno con el propósito de:
– Evaluar la Gestión de las Organizaciones, lo que implica analizar las actuaciones de la administración y su impacto, mediante una visión de conjunto, teniendo en cuenta los propósitos de la organización auditada.
– Promover el mejoramiento continuo de las organizaciones, donde, los resultados de la auditoria deben permitir una continua retroalimentación para que la administración pueda emprender acciones correctivas, en procura de lograr mayores niveles de eficiencia y eficacia.
– Promover la transparencia y adecuado uso de los recursos, en procura de satisfacer las necesidades de la comunidad.
– Apoyar al Congreso, brindándole la información que le permita ejercer el control político que le corresponde.
– Informar a la comunidad y vincularla al Control Fiscal, ya que está es su principal cliente.
El auditor integral se constituye en el actor principal del proceso auditor, sus características éticas y profesionales deben ser garantía para la Contraloría, para el Estado y para la comunidad, en el momento de emitir sus conceptos, opiniones y dictámenes frente a la gestión de los administradores públicos.
El auditor de la CG es el representante más directo de la comunidad en la vigilancia de sus recursos, por lo que debe conocer y comprender integralmente la función del Estado. Para ello necesita ser un observador riguroso y un explorador permanente de la excelencia, lo que le exige una continua capacitación en su disciplina y en su rol de auditor, adicionalmente debe poseer las cualidades y habilidades mencionadas anteriormente en cuanto al contador forense.
Para llevar a cabo el ejercicio del control fiscal por parte de la Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral se aplican sistemas de control como el financiero, de legalidad, de gestión, de resultados, la revisión de cuentas y la evaluación del control interno, la Contraloría puede implementar otros sistemas de control siempre y cuando impliquen mayor tecnología, eficacia y seguridad y sean adoptados mediante reglamento especial.
El concepto de Responsabilidad de Dar Cuenta, actualmente va más allá de la tradicional Rendición de Cuentas y supera el examen numérico legal, efectuado anteriormente por la Contraloría. La Responsabilidad de Dar Cuenta es el deber legal y ético que tiene todo funcionario o persona de responder e informar por la administración, manejo y rendimientos de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados y los resultados en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido. La responsabilidad de rendir cuentas incluye desde los representantes legales que rinden cuenta al público, hasta los funcionarios que rinden cuenta a sus superiores. Es responder por la gestión, mediante la ejecución, en tiempo real, del proceso de auditoria.
La Revisión, Análisis y Fenecimiento de la Cuenta se hace mediante la aplicación de la Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral, cuyo resultado se presenta en el dictamen del respectivo Informe.
El “fenecimiento” es el acto por el cual se pone fin a la revisión de la cuenta rendida a la CG por los sujetos de control. Si la CG encuentra que los resultados obtenidos en el proceso de revisión sobre la gestión fiscal efectuada por el responsable, lo conduce a expresar una opinión razonable y conceptos satisfactorios, el pronunciamiento tendrá la connotación de fenecimiento.
En caso contrario, si como resultado de la auditoria la opinión sobre la razonabilidad de la información financiera o los conceptos de la administración, manejo y rendimiento de los fondos, bienes y recursos públicos asignados y cumplimiento de metas e impacto de sus resultados, no son satisfactorios se tendrá por no fenecida. El fenecimiento puede ser con o sin responsabilidad fiscal. En este último evento se abre paso un juicio fiscal.
El Sistema de Auditoria
1. Planeación,
2. Ejecución,
3. Informe y
4. Seguimiento
1. El Memorando de Encargo es el documento que informa, activa y focaliza el proceso auditor, sirve para establecer parámetros de medición frente al desarrollo de la auditoria.
2. La fase de Planeación tiene como objetivo asumir un conocimiento integral del sujeto de control, entender su negocio, entender los riesgos que enfrenta sus actividades principales y establecer las estrategias de trabajo.
Durante esta fase se determinan las técnicas de auditoria definidas como los métodos prácticos de investigación y prueba que utiliza el auditor para obtener la evidencia necesaria que fundamente sus opiniones y conclusiones. Se clasifican generalmente con base en la acción que se va a efectuar. Estas acciones verificadoras pueden ser oculares, verbales, por escrito, por revisión del contenido de documentos y por inspección física.
Técnica Ocular
Consiste en verificar en forma directa y paralela la manera como los responsables de la administración desarrollan y documentan los procesos o procedimientos que la organización utiliza, para ejecutar las actividades objeto de control. Permite visualizar permanentemente la organización desde el punto de vista del auditor, como por ejemplo la estructura de la organización, sus directivos, sus instalaciones físicas, sus movimientos diarios o sus relaciones con el entorno.
Técnica Verbal
La técnica verbal se establece en obtener información mediante el dialogo con los integrantes de la organización o los de su entorno relevante, con el propósito de averiguar o indagar posibles debilidades de los procedimientos, prácticas de control interno y otras situaciones que el auditor considere importante en el desarrollo de su trabajo. Las evidencias que se obtengan a través de ésta técnica deben documentarse mediante papeles de trabajo preparados por el auditor debidamente soportados.
Técnica Escrita
Al utilizar la técnica escrita se debe registrar o plasmar información que a juicio del auditor sea importante dentro de su trabajo. Puede realizarse poniendo en practica el análisis de aspectos que considere significativos o que afecten la gestión de la organización auditada; la conciliación para hacer una confrontación de la información obtenida de diferentes fuentes sobre un mismo tema; la circularización o confirmación la cual permite obtener un grado razonable de certeza sobre la existencia, cumplimiento, veracidad y autenticidad de planes y programas ejecutados, cobertura de usuarios, operaciones, cifras y datos, mediante el uso de diferentes medios.
Técnica Documental
Consiste en obtener información escrita que permita soportar las afirmaciones, análisis o estudios realizados por los auditores. Puede llevarse a cabo mediante la comprobación, es decir la verificación de la evidencia que apoya o sustenta una operación o transacción con el fin de corroborar su autoridad, legalidad, propiedad y veracidad; la computación es decir el análisis de documentos, datos o hechos asistidos por el computador y/o software especializados cuando hay gran cantidad de transacciones; la revisión analítica que comprende el análisis de índices, indicadores, tendencias y la investigación de las fluctuaciones, variaciones y relaciones que resulten inconsistentes o se desvíen de las operaciones proyectadas; o mediante la evaluación general de la entidad.
Técnica de Inspección Física
Es el reconocimiento real sobre hechos o situaciones dadas en tiempo y espacio determinados. La confiabilidad proporcionada depende de su naturaleza, fuente y eficacia de los controles internos y del procesamiento de la información.
3. La fase de ejecución constituye la parte central de la Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral. Es aquí donde los auditores deben concentrar su esfuerzo en la validación y análisis de datos, información, hallazgos, hechos relevantes, obtención de evidencias, aplicación depruebas, generación de debates y logro de consenso, para llegar a conclusiones válidas y soportadas que finalmente permitirán trasladar hallazgos a otras instancias y conformar integralmente el informe de auditoria.
El Hallazgo es un hecho suficientemente importante que se debe resaltar y comunicar dentro del proceso auditor. Un hallazgo de auditoria es algo que el auditor ha observado o en­contrado durante el examen a la información, casos, situaciones, hechos o relaciones específicos en ejecución de la vigilancia fiscal, este puede ser positivo o negativo. La información que sustenta el hallazgo debe estar disponible y desarrollada en una forma lógica, clara y objetiva, en la que se pueda observar una narración coherente de los hechos.
Los hallazgos positivos consisten en realizaciones o aciertos convenientes o destacables para organización. Por el contrario, los hallazgos negativos, son hechos irregulares, inconvenientes, perjudiciales, nocivos o dañinos para el funcionamiento de la organización, contrarios a los principios que deben regir la actuación del Estado y la gestión fiscal.
Los hallazgos negativos se clasifican en Administrativos, Fiscales, Disciplinarios y Penales. Los administrativos y fiscales son competencia de la Contraloría, los disciplinarios de la Procuraduría y los penales de la Fiscalía.
La determinación, análisis, evaluación y validación del hallazgo debe ser un proceso cuidadoso, para que éste cumpla con las características que lo identifican, las cuales exigen que el hallazgo deba ser:
1. OBJETIVO 1. Con fundamento en la comparación entre el criterio y la condición. 2. FACTUAL Basado en hechos y evidencias precisas que figuren en los papeles de trabajo. Presentados como son, independientemente del valor emocional o subjetivo. 3. RELEVANTE Que la materialidad y frecuencia merezca su comunicación e interprete el sentimiento de la percepción colectiva del equipo de trabajo. 4. CLARO Y PRECISO Afirmaciones inequívocas, afirmaciones libres de ambigüedades, contener posibilidades de confirmación o refutación, convincente para las personas que no han participado en la audito­ria. 5. VERIFICABLE Que se pueda confrontar con hechos, evidencias o pruebas. 6. ÚTIL Contribuir a la eficiencia y eficacia en la utilización del recurso público, favorecer la racionalidad de la administración pública, tomar decisiones, que sirva al mejoramiento continuo de la organización. La Evaluación del Hallazgo se lleva a cabo mediante el análisis de Causa – Efecto, la materialidad, la responsabilidad y la obtención de evidencia.
Un aspecto a considerar por parte del auditor dentro del proceso de auditoria, es la relación que existe entre las causas y los efectos, es decir, que factores determinaron que se sucediera una situación o resultado específico.
La atención que se preste a un hallazgo depende de la demostración que se haga de su importancia y está se juzga generalmente por el efecto (actual o potencial) que puede exponerse frecuentemente en términos cuantitativos. El análisis del auditor no solo debe incluir el resultado inmediato, sino los efectos colaterales, intangibles, de largo alcance u otros.
La mayor parte de la labor de auditoria se dedica a la obtención de la evidencia, porque ésta provee una base racional para la formulación de juicios. La evidencia de auditoria es el conjunto de hechos comprobados, suficientes, competentes y pertinentes que sustenta las conclusiones del auditor.
Evidencia de Auditoria y Evidencia Legal
Es fundamental diferenciar entre la evidencia de auditoria y la evidencia legal. En el caso de que ciertos resultados de la auditoria ameriten el inicio de procesos de responsabilidad fiscal, penal o disciplinaria, la evidencia que se presenta en tal circunstancia estará sujeta a las disposiciones referentes al material probatorio para determinar responsabilidades, que en algunos casos, es muy diferente de la evidencia de auditoria.
La Contraloría maneja algunos ítems para validar los hallazgos como son:
– Determinar y evaluar la situación o asunto deficiente
– Identificar y valores responsables y líneas de autoridad
– Verificar y analizar las causas de la deficiencia
– Valorar el impacto y ocurrencia de la deficiencia
– Evaluar la pertinencia y suficiencia de la evidencia
– Comunicar el hallazgo a la entidad
– Validar el hallazgo
– Emitir conclusiones sobre el hallazgo
– Trasladar el hallazgo a las autoridades competentes
En la validación del hallazgo se valoran las pruebas realizadas por el auditor, la evidencia que sustenta el hallazgo y las opiniones de la entidad auditada, una vez validado y definido el tipo de hallazgo se dará traslado a la administración y a la autoridad competente según corresponda, independientemente del tipo de hallazgo.
El auditor debe diferenciar y separar los hallazgos que solamente se refieran a recomendaciones a fin de que la administración optimice su gestión, de aquellos que son generadores de un presunto daño económico, con el fin de evaluar la clase de responsabilidad de la administración de la entidad.
La evaluación de hallazgo puede conllevar a que esté tenga alcance fiscal por existir presuntamente un detrimento patrimonial, pero igualmente puede ser considerado como hallazgo disciplinario si se comprueba la violación a las normas que regulan las operaciones de la entidad auditada y finalmente, el hallazgo puede ser de tipo penal cuando se presuma la existencia de conductas que violan las normas que tipifican los delitos de esta naturaleza.
Al tipificar el hallazgo como fiscal, por no ser desvirtuados los hechos, se dará en consecuencia traslado a la Contraloría Delegada de Investigaciones y Juicios Fiscales, con la totalidad de las pruebas allegadas, incluida la respuesta de los afectados. Este traslado lo hará el Director de Vigilancia Fiscal en el nivel central o el Coordinador de Gestión.
Cuando ya se ha proferido auto de apertura del proceso de responsabilidad fiscal se podrán realizar las siguientes actuaciones:
– Ordenar y practicar pruebas técnicas como peritaciones, inspecciones, reconocimiento de documentos y objetos, y “realizar actividades de inteligencia” como recolección, registro e interpretación, análisis y difusión de la información.
Cuando se determine, en consenso, que el hallazgo por su importancia y materialidad requiera mayor análisis probatorio acompañado de peritazgos especiales e incluso de la participación de la Policía Judicial, se solicitará el inicio de la indagación preliminar dentro del proceso auditor.
La indagación preliminar es el conjunto de actuaciones pre-procésales que tienen por objeto determinar si hay lugar o no al ejercicio de la acción fiscal para practicar y recaudar pruebas e información con relación a la identidad de los presuntos responsables fiscales y sus bienes.
Si no existe certeza sobre la ocurrencia del hecho, la causación del daño patrimonial con ocasión de su acaecimiento, la entidad afectada y la determinación de los presuntos responsables, podrá ordenarse Indagación Preliminar, la cual culminará con el archivo de las diligencias o la apertura del Proceso de Responsabilidad Fiscal”.
Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva.
Dirección de Investigaciones Fiscales
Grupo Especial de Indagaciones Preliminares Especiales adscrito al despacho del Contralor General.
Contralorías Delegadas Sectoriales
En la Indagación Preliminar son admisibles todas las pruebas y diligencias consagradas en el Código de Procedimiento Civil y Código de Procedimiento Penal.
Estipula que las actuaciones adelantadas durante la indagación preliminar y el proceso de responsabilidad fiscal son reservadas hasta su culminación. En consecuencia, hasta no terminarse el proceso de responsabilidad fiscal, ningún funcionario podrá suministrar información, ni expedir copias de piezas procesales, salvo que las solicite autoridad competente para conocer asuntos judiciales, disciplinarios o administrativos.
Se tipifica el hallazgo como disciplinario cuando los servidores públicos y los particulares que transitoriamente ejerzan funciones públicas han incurrido en alguna conducta que la legislación tipifica como falta disciplinaria. Frente a esté se deberá dar traslado a la Procuraduría General de la Nación por el Contralor Delegado en el Nivel Central y por el Gerente Departamental en el Nivel Departamental, que se encarga, de determinar si existe responsabilidad disciplinaria por parte de las personas que incurrieron en las conductas tipificadas como conductas disciplinarias.
Frente al hallazgo penal, el auditor deberá dar traslado a la Fiscalía General quien se encargará de determinar si existe responsabilidad penal por parte de quienes realizaron los hechos punibles y se hará por parte del Contralor Delegado o Gerente Departamental respectivo.
. Es la encargada de investigar los delitos, calificar los procesos y acusar(no juzgar) ante los jueces y tribunales competentes a los presuntos infractores de la ley penal, ya sea de oficio o por denuncia.
La Fiscalía desempeña un papel trascendental dentro de la estrategia integral del Estado para combatir el poder económico de la delincuencia organizada, con especial énfasis en la lucha contra aquellas conductas destinadas al lavado de activos, relacionadas con actividades propias de la delincuencia organizada.
Esto significa que la labor de la Fiscalía, además de investigar los delitos originales, en especial aquellos más rentables para las organizaciones criminales, también está dirigida a erradicar la acumulación de capital mal habido, con el propósito de desestimular su ejecución y prevenir así su comisión.
Investigaciones Preliminares
Primero que todo se lleva a cabo una Investigación Preliminar, la cuál realiza antes de iniciar formalmente un proceso y tiene como objetivo fundamental establecer si se cometió o no el delito y quiénes son los presuntos autores o partícipes (tienen valor probatorio ante la Fiscalía y el juez competente, los resultados de las indagaciones preliminares adelantadas por la Contraloría).
Una vez verificada esta situación, se abre formalmente la investigación penal, luego, se sigue con la etapa en la que se investiga cómo se llevó a cabo el delito (recolección de pruebas), las circunstancia de su comisión y se determina la probable responsabilidad de quienes aparecen como sus autores o partícipes; una vez recopiladas todas las pruebas, se cierra el proceso y se procede a calificarlo.
La calificación consiste en una evaluación de las pruebas que hace la Fiscalía y con base en la cual se determina si existen pruebas que den cuenta del delito cometido y que comprometan la responsabilidad del procesado. En caso positivo, la Fiscalía profiere resolución de acusación, decisión con la cual acusa a los procesados ante los jueces y tribunales competentes.
1. La fase del informe es el producto del proceso auditor. De su adecuada redacción y clara presentación depende que el esfuerzo realizado produzca el efecto deseado de contribuir a mejorar la gestión fiscal.
El Informe debe caracterizarse por un lenguaje sencillo y claro de tal forma que pueda ser entendido por terceras personas que no sean auditores, adicionalmente debe ser preciso, oportuno, objetivo, conciso y soportado.
2. La fase de seguimiento, es la última fase del proceso de Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral, permite verificar si la entidad auditada ha corregido las deficiencias detectadas por el Organismo Superior de Control y le ha dado cumplimiento al Plan de Mejoramiento suscrito por el Representante del Sujeto o Punto de Control.
El Seguimiento debe efectuarse sobre los hallazgos presentados en el informe de la última auditoria practicada y sobre los cuales la entidad elaboró y presentó el respectivo Plan de Mejoramiento, de manera cuantitativa y cualitativa.
La Contraloría a través de la respectiva Contraloría Delegada, iniciará el correspondiente Proceso Administrativo Sancionatorio, si los compromisos adquiridos por parte de la entidad auditada no se han cumplido con la realización de actividades tendientes a implementar el respectivo plan de mejoramiento con el fin de establecer responsables y sanciones por el incumplimiento.
(*)UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA
Seccional Sogamoso

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