viernes, 18 de octubre de 2019

¿QUÉ MEDIDAS DEBE INCLUIR LA NUEVA LEY PARA UNA PROTECCIÓN AL DENUNCIANTE EFECTIVA?

María José Hierro Romero

España, uno de los países más corruptos de Europa, tiene dos años para trasponer la Directiva de ‘whistleblowers’

¿Qué medidas debe incluir la nueva ley para una protección al denunciante efectiva?
Denunciar la corrupción no es fácil. Hoy en día, solo unos pocos valientes se atreven a hacerlo, y ello a pesar de las consecuencias que les puede acarrear: desde la pérdida del puesto de trabajo e ingresos, hasta la merma de la salud, pasando por las presiones y el descrédito social. Y en los casos más extremos, amenazas contra la integridad física y persecución judicial internacional. Así lo pueden acreditar los denunciantes de casos muy conocidos como Acuamed, Gürtel o Falciani, entre muchos otros.
En la actualidad, España no cuenta con una ley básica estatal que proteja a las personas que sacan a la luz la corrupción, el fraude o cualquier otra ilegalidad. Hubo un intento de regular esta materia, en septiembre de 2016, cuando el grupo parlamentario Ciudadanos presentó una proposición de ley integral de lucha contra la corrupción y protección de los denunciantes, pero no fructificó. Tampoco existen órganos o entidades independientes de lucha contra el fraude y la corrupción de ámbito nacional.
Por el momento, la única normativa en vigor es la que tienen algunas autonomías como Navarra, Valencia y Castilla y León en las que las medidas de protección no son tan efectivas como sería deseable. Andalucía publicó el pasado 24 de septiembre un anteproyecto de ley de lucha contra el fraude y la corrupción en la que se ha cuidado mucho más la protección del denunciante, y contempla medidas que generen confianza a la hora de denunciar, en especial, cuando esas personas presten servicios en el sector público andaluz.
Este 7 de octubre, la Unión Europea ha aprobado por fin la Directiva de protección a los denunciantes de corrupción que los 28 tendrán que trasponer en el plazo de dos años. Las leyes nacionales tendrán que estar, a más tardar, en 2021. La norma europea deja cierto margen a los Estados para que decidan las medidas concretas de protección que pondrán a disposición de los informadores y de ellas dependerá la efectividad de la norma.
Los expertos reunidos en el IV Congreso Internacional de Transparencia, celebrado en Málaga, mostraron su preocupación por cómo va a resolver la futura ley la protección al denunciante, y si será realmente eficaz o, por el contrario, quedará en una mera declaración de intenciones. Porque como expuso Concepción Campos, secretaria de Administración local, “proteger a estas personas sobre el papel es fácil, pero llevarlo a cabo en la práctica es realmente complicado. ¿Cómo se evita que dejen de hablarle, que murmuren a su paso, que le insulten cuando está haciendo la compra, que ninguna empresa quiera contratarle o que dejen de invitar a sus hijos a las fiestas de cumpleaños? Por eso es tan importante que la futura norma se plantee la eficacia real de las medidas”.
En el mismo foro, Mar Cabra, periodista y Premio Pulitzer 2017 por la investigación de los papeles de Panamá, puso de manifiesto que “la falta de protección al denunciante es lo que hace que este acuda a la prensa en vez de a las administraciones. Porque sin protección es imposible acabar con la corrupción”.
Sin embargo, aunque los expertos coinciden en la necesidad de protección real, no llegan a un consenso total sobre las medidas que debe contemplar la futura ley para garantizar la salvaguarda de los derechos de los informadores. El anonimato y la recompensa son las que más desencuentros suscitan.

Anonimato

Tras un análisis de los casos de corrupción detectados en España en los últimos años, se puede comprobar que el denunciante, en mayor o menor medida, siempre sale perjudicado. Además de sufrir represalias económicas, laborales, físicas y morales, la persona ve seriamente afectada su reputación personal porque esta conducta produce rechazo social.
Una de las formas en que se podría proteger al denunciante sería garantizándole el anonimato, tanto en el diálogo inicial como durante la investigación. Una circunstancia que la Ley de procedimiento administrativo prohíbe pero que, por el contrario, la Ley Orgánica de Protección de Datos permite mediante un canal privilegiado de denuncias. ¿Por cuál de ellas optar?
Los detractores de que la futura ley admita la denuncia anónima, consideran que existe el riesgo de que esa oscuridad dé pie a comunicaciones de mala fe, destruyendo reputaciones de los denunciados incluso aunque posteriormente se pruebe su inocencia.
Los favorables, por el contrario, consideran que implementar canales verdaderamente anónimos aumenta la probabilidad de recibir denuncias sobre conductas indebidas graves y, por lo tanto, de tener la posibilidad de minimizar el daño y los riesgos. Por ello, Campos plantea una solución intermedia y apuesta por “un canal de denuncia efectivo; aunque no sea anónimo puede ser confidencial”. Y, de hecho, en Andalucía, de momento, se ha previsto esta opción.

Incentivación económica

En algunos países se recompensa al whistleblower (término inglés por el que se conoce al denunciante). Así, el programa de denuncias de la Securities and Exchange Commission (SEC), la institución que vela por los mercados de capitales en Estados Unidos, ha otorgado aproximadamente 142 millones de dólares a 38 denunciantes desde 2012, y ha recaudado cerca de 904 millones de dólares.
Los argumentos en contra de instaurar esta medida en nuestro país se basan en el temor a que la promesa de recompensa fomente la denuncia falsa o mal intencionada. Por el contrario, quienes la apoyan destacan dos grandes beneficios: la recuperación de dinero para las arcas públicas y la indemnización al informador por los estragos sufridos, tanto económicos como morales.
Helena Anco, directora de Ansari y de Ágora, Innovación Social, considera que se plantea un debate ético sobre si la denuncia de la corrupción tiene que estar motivada por un incentivo económico o por el bien común, especialmente en los casos de fraude fiscal. En este sentido, afirma ser partidaria de establecer una mínima compensación económica, no solo por “el beneficio que repercute en la sociedad en caso de que aflore el fraude, sino también porque los denunciantes son personas marcadas que en muchos de los casos han tenido que reinventar su vida para ganarse el sustento y gastar grandes sumas de dinero en abogados para defender su honor, como ha sido el caso, por ejemplo, de Hervé Falciani y Ana Garrido (extrabajadora del Ayuntamiento de Boadilla que denunció el caso Gürtel)”.

Fomentar la cultura de la denuncia

Actualmente, el hecho de denunciar, al no ser una conducta generalizada, no está bien visto socialmente. Solo cuando el impacto de la denuncia es positivo tiene el reconocimiento que se merece. Pero en el intervalo, al denunciante se le ve como a un chivato. “La sociedad, en vez de valorar la conducta como ejemplo de ética y moralidad, te señala con el dedo acusador como el desleal”, afirma Concepción Campos.


En un país como España, situado a la cola de la UE en materia de corrupción, según el informe anual de Transparencia Internacional (TI), es necesario crear una ley que promueva la participación de la sociedad, que acabe con los prejuicios, con el miedo, con la incertidumbre y con la inseguridad. Y ello solo es posible, tal y como coincidieron los ponentes del Congreso, si la protección que se le otorgue al denunciante es real y efectiva. Para evitar que la futura norma sea papel mojado, los expertos mostraron su deseo en que el legislador sepa aprovechar esta gran oportunidad para poner freno a la corrupción.

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