martes, 19 de noviembre de 2019

POLÍTICA ANTISOBORNO

Las políticas son documentos que contienen normas y compromisos sobre temas específicos: ética, prevención de riesgos, prevención del soborno, privacidad, etc., principios a los que se comprometen los miembros de una organización.
Una política de anticorrupción es un documento que socios y colaboradores deben de firmar y cumplir. En este documento se establecen normas y medidas en caso de estar ante situaciones de soborno, ya sean gubernamentales o comerciales.
Dentro de cada organización, ¿Quién debe establecer, mantener y revisar la Política Antisoborno? La responsable es la Alta Dirección.
               Podemos definir de forma simple la Alta Dirección como: aquellas personas que dirigen y controlan la organización.
¿Qué debe establecerse por medio de la Política Antisoborno?:
–         Lo primero que se debe de expresar en una política de anticorrupción, de forma clara e irrefutable, es decir, que no se tolerará ningún tipo de soborno en cualquiera de sus niveles.
–         Se debe de abordar el compromiso específico que tiene la organización en temas de antisoborno y anticorrupción.
–         Determinar claramente las obligaciones y compromisos de socios comerciales, directivos y colaboradores en temas de corrupción y en distintas situaciones.
–         Establecer el trato y la relación comercial que se tiene con terceros, como proveedores o funcionarios públicos.
–         Especificar a quién o a qué departamento recurrir en caso de dudas o sospechas de incumplimiento a la política, con objeto de poder comunicar cualquier incumplimiento.
–         Definir con claridad, los conceptos importantes mencionados a lo largo de la política para evitar interpretaciones incorrectas.
–         Establecer claramente las medidas que se tomarán en caso de incumplimiento, ya sea sanciones, sanciones administrativas, infracciones en el orden laboral o comercial.
–         Debe ser apropiada con los fines establecidos en el propósito de la organización.
–         Debe establecer las consecuencias de incumplimiento de la política antisoborno de forma clara y contundente.
–         Debe contener unos estándares de comportamiento leal en el mercado, acorde con los principios que garanticen una libre competencia
La política antisoborno debe estar disponible para las Partes Interesadas y debe comunicarse en los idiomas apropiados dentro de la organización y a los socios de negocios que representan más que un riesgo bajo de soborno.
               La política Antisoborno es una parte muy importante y estructural del Sistema Antisoborno de la Organización e indicadora del compromiso de la Alta Dirección.
Si ha sido de tu agrado el artículo y te gustaría conocer mi opinión sobre este y otros contenidos en materia de Compliance, puedes leerlos en mi Blog de Compliance: Experts Compliance
Cesar J Fernandez Perez
Cesar J Fernandez Perez
Experto Técnico en Compliance en ENAC

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